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¿En qué consiste la fase administrativa ante el INSS y la reclamación previa?
Iniciamos el expediente ante el INSS aportando la documentación clínica y pericial para su evaluación por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). La Dirección Provincial dictará resolución expresa reconociendo el grado solicitado, un grado diferente o denegando la prestación. En caso de resolución desfavorable —o en expedientes de revisión por agravación—, la vía administrativa exige agotar obligatoriamente la Reclamación Previa en el plazo procesal correspondiente antes de acudir a los tribunales.
Es fundamental aportar en esta vía administrativa inicial toda la prueba médica y funcional disponible, ya que fijará los hechos del expediente. Agotado este cauce sin obtener el reconocimiento adecuado, queda expedita la vía judicial social para reclamar la pensión de incapacidad permanente correspondiente.
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