Separación de bienes y vivienda a nombre de uno: qué…
Uno de los grandes conflictos al separarse es decidir qué hacer con…
En todo proceso de divorcio lo más importante es velar por el bienestar de los hijos; por eso, es importante dialogar sobre la pensión que los progenitores tendrán que pasar a estos. Para ello, el Consejo General del Poder Judicial elaboró una serie de tablas de orientación sobre cómo se calcula la pensión de alimentos.
De esta manera, los progenitores tendrán la obligación de cubrir los alimentos de sus descendientes, pudiendo ser estos últimos mayores o menores de edad. Así las cosas, cabe la posibilidad de extinguir la pensión de alimentos o en su caso de no conceder dicha pensión aunque el otro progenitor no conviva con sus descendientes.
Una de las controversias más importantes en cuanto a la separación o el divorcio es determinar la pensión de alimentos. Para que no queden dudas, una breve definición sería: «se refiere a los gastos diarios referentes a comida, vestido, etc. Dicho concepto no se puede confundir con el de los gastos extraordinarios, que nada tiene que ver con la pensión de alimentos.»
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La pensión de alimentos deberá ajustarse a las situación y o posibilidades económicas de la persona obligada a prestar los mismos, así como a las necesidades en este caso de los hijos.
De este modo, la problemática que se nos presenta es el conocer qué se entiende por posibilidades económicas del progenitor, así como las necesidades del hijo.
En España hasta ahora no había existido tabla alguna acerca del cálculo de la pensión de alimentos y la decisión siempre ha sido tomada bajo el criterio y la determinación del Juez en base a los datos de los ingresos mensuales de los progenitores, así como al número de hijos y gastos de los mismos.
Por eso, las audiencias provinciales con todos los procedimientos recurridos fueron creando una serie de tablas y criterios encaminados al establecimiento de los alimentos mínimos o de su subsistencia, publicándose así unos baremos que regulan, de manera orientativa, las cuantías que se deberán de abonar para cada caso en concreto.
Dichas tablas deberán entenderse a título orientativo adaptado para cada caso. Igualmente, el Consejo General del Poder Judicial se ha pronunciado manifestando que dichas tablas se actualizarán y aplicarán en el momento en que se produzcan cambios sustanciales en lo referente a los gastos de la familia con un plazo mínimo de cinco años.
Las tablas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) son una excelente herramienta orientativa para saber cómo se calcula la pensión de alimentos, pero muchos cometen el grave error de tomarlas como una verdad matemática absoluta. Hay dos factores críticos que estas tablas no suman de forma automática y que pueden descuadrar por completo tu presupuesto familiar si no los planteas bien en el juzgado.
El Consejo General del Poder Judicial ha puesto en disposición de los abogados, jueces y ciudadanía unas tablas orientadoras para estimar la pensión alimenticia de los hijos en procesos de familia.
Si deseas acceder a ella, existe una aplicación online para realizar su cálculo de manera sencilla. Estas tablas no resultan vinculantes, sí ayudan a que éste se haga de acuerdo a un baremo establecido.
Según el CGPJ:
Serán hijos dependientes aquellos que requieren de un apoyo económico por motivos de edad o por razones laborales.
La pensión alimenticia incluye no solo la comida, sino también el alojamiento, la ropa, la asistencia sanitaria y los gastos referentes al centro escolar. La cantidad dineraria de la pensión alimenticia va a depender fundamentalmente de:
La cuantía de la pensión alimenticia se podrá modificar siempre y cuando varíen las circunstancias que en su día existieron. Es de gran importancia que se inicie la modificación de medidas cuando el progenitor se vea incapacitado para abonar la cuantía que en su día se fijó en sentencia.
La obligación del abono de la pensión de alimentos se extingue cuando:
La pensión de alimentos para los hijos deberá ser pagada hasta que los mismos alcancen la mayoría de edad, aunque los hijos continúen cursando sus estudios o carezcan de medios de subsistencia tras haber alcanzado la mayoría de edad, la obligación de pasar la pensión de alimentos no quedará extinguida hasta qué los hijos se valgan por sí mismos y alcancen la independencia económica.
Por regla general, la pensión alimenticia es un pago que tendrá que mantenerse durante mucho tiempo.
Tanto si eres el cónyuge obligado al pago como si eres el receptor, debes conocer cómo se calcula la pensión de alimentos para no abonar más ni percibir menos de lo que correspondería.
Por ello, siempre resulta conveniente asesorarse con abogados expertos en derecho de familia para descubrir todo sobre la obligación de alimentos entre parientes.
Cuéntanos brevemente qué necesitas y nos pondremos en contacto contigo para darte una primera valoración jurídica. Ganar tiempo es ganar tu caso.
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