Separación de bienes y vivienda a nombre de uno: qué…
Uno de los grandes conflictos al separarse es decidir qué hacer con…
Cada vez son más las personas que optan por hacerse pareja de hecho, pero… ¿En qué consiste esta unión? ¿En qué se diferencia de un matrimonio? ¿Con qué derechos cuenta? ¿Cuáles son los requisitos y pasos de registro? ¿Y sus ventajas?
¡Nuestros abogados especialistas en parejas de hecho desvelarán todo esto y más en este post!
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La unión de hecho en España se basa en la Ley 2/2003 de las parejas de hecho. Sin embargo, el BOE sólo las define. Su regulación se hace a nivel autonómico. 14 comunidades han aprobado una ley sobre parejas de hecho. Por lo que sus obligaciones y derechos pueden variar según donde vivas.
Si estás pensando en hacerte pareja de hecho, es mejor que acudas a uno especializado en esta clase de uniones que a un abogado matrimonialista. Esto es porque la pareja de hecho y el matrimonio no son iguales.
En otro artículo, te contamos las diferencias entre separación y divorcio.
No existe ninguna diferencia legal entre ser hijo de una unión de hecho o de un matrimonio. La patria potestad, la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, el régimen de visitas, etc. son iguales ya se separe una pareja de hecho o casada.
Sólo cambian los procedimientos:
No hay tampoco diferencias a la hora de adoptar a un hijo. Al menos en teoría, ya que, en realidad, es más difícil hacerlo para las parejas de hecho.
Con el matrimonio, el cónyuge superviviente tendrá derecho a la pensión de viudedad. Sin importar cuánto tiempo haya durado la unión o cuáles sean los ingresos de la persona con vida.
En cambio, con la pareja de hecho, hay que acreditar 5 años de convivencia y 2 de registro de pareja de hecho, a través de empadronamiento.
Asimismo, los ingresos de la persona viva no pueden superar el límite que establezca la Seguridad Social de cada CC.AA..
En Aragón, las Islas Baleares, Cantabria, Cataluña, Navarra y Euskadi, se acepta una pensión compensatoria para el miembro más favorecido en una disolución de pareja de hecho.
Pero, en las demás CC.AA. no existe este derecho para estas clases de uniones (al menos, por regla general).
Por defecto, a la unión de hecho no se le aplica ni el régimen económico de gananciales ni de separación de bienes. No obstante, sí que puede elaborar un documento público donde se recoja la forma en la que se van a regir sus relaciones económicas.
En las comunidades autónomas que acabamos de mencionar, se reconocen derechos sucesorios para las parejas de hecho. Pero, en el resto, se aplica el Código Civil (aunque, de nuevo, existen excepciones).
Si no existe ningún tipo de testamento que incluya a la pareja de hecho, ésta no tendrá derechos hereditarios. En cambio, los cónyuges pueden acceder a la legítima hereditaria.
En Juriscentrum, te contamos qué es la herencia.
Depende. Eres tú (junto a tu pareja) quien debe determinar qué te conviene más, analizando las diferencias que hemos visto.
Asimismo, éstas son las mayores ventajas de registrarse como pareja de hecho:
Entre otros muchos beneficios.
Los requisitos para hacerse pareja de hecho son, por norma general, los siguientes:
Según indica la OCU, la documentación a aportar en cada registro es distinta, pero suele ser:
Si alguno ha estado casado con anterioridad, hay que presentar la sentencia firme de divorcio.
Hay dos formas de constituir una pareja de hecho: escritura notarial o inscripción en el registro de parejas de hecho. Para el segundo método, hay que acreditar el periodo de convivencia mínimo que exija cada Comunidad Autónoma.
La constitución ante notario se efectúa de modo inmediato.
Por supuesto, la disolución de una pareja de hecho no sigue el procedimiento de un divorcio. Ésta puede realizarse de mutuo acuerdo o no. También sucede por el fallecimiento de uno de los miembros, por una separación de hecho de más medio año o por el casamiento de uno de los miembros.
Cuéntanos brevemente qué necesitas y nos pondremos en contacto contigo para darte una primera valoración jurídica. Ganar tiempo es ganar tu caso.
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