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¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre los herederos para repartir los bienes?
Cuando existe desacuerdo sobre la valoración o el reparto de la masa hereditaria, cualquier coheredero o legatario de parte alícuota puede instar la división judicial de la herencia al amparo de los artículos 782 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este procedimiento especial comprende la formación de inventario, el nombramiento de contadores-partidores y peritos para la valoración de bienes, y el cuaderno particional final encaminado a evitar proindivisos indivisibles.
Dado que la división judicial se centra estrictamente en inventariar, valorar y adjudicar bienes, aquellas discrepancias complejas sobre titularidades de derechos o nulidad de cláusulas testamentarias pueden requerir su resolución a través de un juicio declarativo posterior. Por ello, el asesoramiento legal busca priorizar acuerdos particionales equitativos para evitar la vía judicial y agilizar la toma de posesión de los bienes.
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