Recomendaciones ante el incumplimiento del régimen de visitas

Recomendación ante incumplimiento del régimen de visitas

Con los divorcios y las separaciones matrimoniales en los que hay hijos menores de por medio, el cónyuge que carece de la guarda y la custodia de éstos tiene derecho a comunicarse con ellos y verlos en persona. La duración, la frecuencia y el sitio de las visitas se puede acordarse por vía amistosa o resolverse por vía judicial. No obstante, puede darse que uno de los padres (custodio o no) no siga las medidas establecidas.