Revisiones de grado de minusvalías

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Abogado revisiones de grado de minusvalías

El reconocimiento del grado de discapacidad o minusvalía emitido por la Comunidad Autónoma no tiene por qué ser definitivo. Con el paso del tiempo, la evolución de una enfermedad o la aparición de nuevas patologías pueden incrementar de forma acusada las limitaciones funcionales y sociales de una persona. Ante esta situación, el ordenamiento jurídico prevé el procedimiento de revisión de grado de discapacidad, que permite adaptar el porcentaje reconocido al estado real del solicitante.

En Juriscentrum ponemos a tu disposición a nuestro Especialista en Seguridad Social y derecho administrativo en Alcalá de Henares. Te asesoramos y representamos si necesitas solicitar una revisión por agravamiento para alcanzar tramos clave (como el 33 %, el 65 % o la movilidad reducida) o si la Consejería de Políticas Sociales ha iniciado una revisión de oficio con la intención de reducirte el porcentaje previamente concedido.

¿En qué consiste el procedimiento de revisión del grado de discapacidad?

La revisión de grado es el trámite mediante el cual los Equipos de Valoración y Orientación (EVO) de los Centros Base de la Comunidad de Madrid vuelven a evaluar las condiciones médicas, psicológicas y los factores sociales del interesado para confirmar, aumentar o disminuir el porcentaje de discapacidad otorgado.

El expediente de revisión de minusvalía puede iniciarse por dos vías distintas:

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Revisión a instancia de parte (por agravamiento): Es solicitada por el propio interesado cuando su salud ha empeorado o le han diagnosticado nuevas dolencias. El objetivo suele ser alcanzar o superar umbrales clave como el 33 % (que otorga beneficios fiscales y laborales), el 65 % (que da acceso a prestaciones no contributivas e incrementos de ayudas) o la Movilidad Reducida.

Revisión de oficio por la Administración: Incoada por la propia Comunidad de Madrid cuando en la resolución previa se estableció una fecha de caducidad o revisión obligatoria por considerar que las patologías eran provisionales o susceptibles de mejoría.

La importancia de contar con un Especialista en Seguridad Social en la revisión de minusvalía

Los Centros Base aplican de forma muy estricta los baremos de valoración vigentes. Si no se estructura la documentación médica y social de manera adecuada, existe un riesgo elevado de que la Administración deniegue el aumento de porcentaje o incluso rebaje el grado asignado. La intervención de un Especialista en Seguridad Social es clave por los siguientes motivos:

Evaluación del tiempo y viabilidad del agravamiento: Analizamos si cumples con el plazo legal para solicitar la revisión y si la evolución clínica justifica el inicio del trámite sin poner en peligro el grado que ya tienes reconocido.

Aplicación correcta de los nuevos baremos de discapacidad: Articulamos las alegaciones médicas conforme al baremo oficial, sumando los puntos por limitaciones de la actividad, factores ambientales y barreras sociales.

Redacción de la Reclamación Previa administrativa: Si la resolución de la revisión mantiene un porcentaje insuficiente o lo rebaja, interponemos la Reclamación Previa ante la Consejería en el plazo de 30 días hábiles.

Representación en el Juzgado de lo Social: Defendemos tu caso ante la Jurisdicción Social mediante la práctica de prueba pericial médica para exigir judicialmente el grado de discapacidad que realmente te corresponde.

¿Tu salud ha empeorado y necesitas aumentar tu grado de discapacidad reconocido?

No disponer del porcentaje de minusvalía o del baremo de movilidad adaptado a tu situación real te priva de importantes ventajas fiscales, prestaciones económicas y ayudas para el día a día.

En Juriscentrum ponemos a tu disposición a un Especialista en Seguridad Social en Alcalá de Henares para revisar tus informes clínicos, evaluar la viabilidad de la revisión e impugnar resoluciones injustas ante la Comunidad de Madrid y los tribunales.

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Cuéntanos tu caso. Tu tranquilidad empieza con una conversación. Explícanos brevemente tu situación y un especialista analizará la viabilidad de tu caso. Nos comprometemos a darte una respuesta ágil y cercana, traduciendo la complejidad de la ley en soluciones que puedas entender desde el primer minuto.

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Dudas sobre revisiones de grado de incapacidad

Preguntas frecuentes sobre casos de revisión de grados de discapacidad

Por norma general, debe haber transcurrido al menos dos años desde la fecha en que se dictó la resolución anterior. No obstante, se puede solicitar la revisión antes de cumplir los dos años si se acredita documentalmente un error de diagnóstico en la valoración previa o un empeoramiento grave sobrevenido mediante nuevos informes médicos.

Aunque el objetivo de solicitar la revisión es aumentar el porcentaje, la Administración tiene la facultad de reevaluar todo el expediente. Si el tribunal médico considera que alguna de las patologías iniciales ha mejorado, existe el riesgo teórico de que mantengan o reduzcan el porcentaje. Por ello, antes de iniciar el trámite, un Especialista en Seguridad Social debe valorar si los nuevos informes garantizan un resultado favorable.
Si el certificado tenía carácter temporal y solicitaste la revisión o prórroga en plazo, los efectos del certificado anterior se entienden prorrogados de forma provisional hasta que la Comunidad de Madrid emita la nueva resolución definitiva, manteniendo tus derechos e incentivos fiscales de forma transitoria.
Sí. Puedes solicitar la revisión especificando que pides la reevaluación del Baremo de Movilidad Reducida (BMR) si tus problemas para desplazarte o utilizar el transporte público se han agravado, aunque tu porcentaje global de discapacidad no varíe sustancialmente.

Si el Centro Base deniega el incremento del grado, dispones de un plazo de 30 días hábiles a contar desde la notificación para interponer una Reclamación Previa por escrito. Si la Administración la rechaza o no responde, tu abogado especialista interpondrá una demanda ante el Juzgado de lo Social.