Revisiones de grado de incapacidad permanente

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Abogado revisiones de grado de incapacidad

Las resoluciones de incapacidad permanente concedidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no son inamovibles. El estado de salud de un trabajador puede evolucionar con el tiempo, ya sea sufriendo un deterioro derivado del empeoramiento de las secuelas o, por el contrario, experimentando una mejoría médica. Por este motivo, el sistema contempla el procedimiento de revisión de grado de incapacidad permanente, un trámite que permite ajustar la prestación a la situación clínica real del afectado.

En Juriscentrum ponemos a tu servicio a nuestro Especialista en Seguridad Social en Alcalá de Henares. Te asesoramos tanto si necesitas solicitar un aumento de grado (por ejemplo, de Total a Absoluta) a causa de un empeoramiento de tus dolencias, como si el INSS ha iniciado un expediente de revisión de oficio con la intención de reducir la cuantía de tu pensión o retirarte el reconocimiento de invalidez.

¿En qué consiste el procedimiento de revisión de grado de incapacidad?

La revisión de grado es el trámite administrativo y judicial mediante el cual se evalúa si las circunstancias médicas que motivaron el reconocimiento de una incapacidad permanente han cambiado de forma sustancial.

El expediente de revisión puede iniciarse a instancia del propio beneficiario o de oficio por parte del INSS:

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La importancia de contar con un Especialista en Seguridad Social en expedientes de revisión

Tanto la solicitud de incremento de pensión como la defensa frente a una citación del INSS exigen una rigurosa preparación técnica y médica. La intervención de un Especialista en Seguridad Social resulta determinante por las siguientes razones:

Análisis comparativo del cuadro clínico de origen: Estudiamos minuciosamente la resolución inicial y la comparamos con el estado de salud actual para demostrar científicamente que ha existido un agravamiento real o que no ha habido la mejoría pretendida por el INSS.

Coordinación con peritos médicos independientes: Colaboramos con médicos periciales para confeccionar un informe objetivo que sirva de apoyo incontestable en las alegaciones administrativas o en el juicio.

Interposición de Reclamaciones Previas y demandas: Si el INSS deniega el incremento por agravamiento o dicta una rebaja injusta del grado, interponemos la Reclamación Previa en el plazo de 30 días hábiles y la posterior demanda ante los Juzgados de lo Social.

Defensa del puesto de trabajo o reservas legales: Asesoramos sobre el impacto del cambio de grado en la relación laboral con la empresa (reservas de puesto, extinciones contractuales o reincorporaciones).

¿Tus dolencias han empeorado? Defiende tu invalidez

Enfrentarse a un expediente de revisión sin la preparación médica y legal adecuada puede hacerte perder la pensión que tanto te costó conseguir o privarte de un aumento de ingresos que te corresponde por ley debido al deterioro de tu salud.

En Juriscentrum ponemos a tu disposición a un Especialista en Seguridad Social en Alcalá de Henares para analizar tu historial clínico, coordinar los informes periciales requeridos e impugnar cualquier resolución lesiva ante el INSS y los Juzgados de lo Social.

Contacta de inmediato con nuestro equipo letrado y solicita tu primera consulta de evaluación.

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Cuéntanos tu caso. Tu tranquilidad empieza con una conversación. Explícanos brevemente tu situación y un especialista analizará la viabilidad de tu caso. Nos comprometemos a darte una respuesta ágil y cercana, traduciendo la complejidad de la ley en soluciones que puedas entender desde el primer minuto.

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Dudas sobre revisiones de incapacidad permanente

Preguntas frecuentes sobre minusvalías y discapacidad

Por norma general, debes esperar a que transcurra la fecha limite fijada en la propia resolución que te concedió la invalidez. No obstante, la ley permite solicitar la revisión antes de dicha fecha si acreditas la aparición de nuevas patologías graves o un empeoramiento sobrevenido no previsto en el momento de la evaluación inicial.
El INSS tiene la potestad de revisar las incapacidades hasta que el pensionista alcance la edad legal de jubilación. Tras la cita de inspección médica (EVI), la Seguridad Social puede decidir mantener el grado, aumentarlo, reducirlo a un grado inferior o extinguir la pensión por curación. Si el INSS retira la prestación de forma injusta, un Especialista en Seguridad Social impugnará la resolución para restituir tu derecho.
Si el INSS desestima tu solicitud de agravamiento, la denegación no significa la pérdida de la prestación que ya tenías reconocida. Mantendrás tu pensión de Incapacidad Permanente Total del 55% o 75% mientras recurres la decisión ante el Juzgado de lo Social para pelear el reconocimiento del 100% de la Incapacidad Absoluta.
Sí, siempre que el trabajo que desempeñes sea compatible con el grado de incapacidad que tienes reconocido en ese momento y no contradiga las dolencias que estás alegando en el proceso de revisión. Sin embargo, emprender ciertas actividades laborales durante un expediente de revisión puede ser utilizado por la inspección del INSS para argumentar una mejoría, por lo que es imprescindible consultar previamente con un abogado.
Al alcanzar la edad legal de jubilación, la pensión de incapacidad permanente pasa a denominarse automáticamente pensión de jubilación. A partir de ese momento, el INSS ya no puede iniciar revisiones de grado por mejoría para extinguir o minorar la prestación.