Bufete de Abogados – Incapacidades – Gran Invalidez
La Gran Validez es el grado de incapacidad permanente en el que el trabajador, afectado por pérdidas anatómicas o funcionales graves, necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida cotidiana, tales como vestirse, desplazarse, comer, asearse o realizar sus necesidades fisiológicas.
A diferencia de la incapacidad permanente absoluta, la Gran Validez otorga la pensión mensual del 100 % de la base reguladora más un complemento económico especial. Este complemento está destinado a remunerar a la persona que atiende al inválido (ya sea un familiar o un cuidador profesional) y su importe nunca podrá ser inferior al 45 % de la base mínima de cotización vigente. Al igual que la incapacidad absoluta, toda la prestación por Gran Validez está completamente exenta de retención en el IRPF.
No basta con demostrar patologías graves; es necesario probar jurídicamente qué actividades cotidianas concretas no puede realizar el paciente de forma autónoma.
Trabajamos con médicos peritos para elaborar dictámenes que midan el nivel de dependencia física y psíquica mediante escalas validadas (como el Índice de Barthel).
Formulamos el recurso administrativo con rigor y, si persiste la negativa del INSS, presentamos la demanda judicial exigiendo el grado de Gran Validez con retroactividad.
Si la invalidez proviene de un accidente laboral o negligencia, reclamamos el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad (del 30% al 50%), las indemnizaciones del convenio colectivo y los seguros de responsabilidad civil.
Gestionar una situación de gran dependencia es un reto desgastante para el afectado y su entorno familiar. No renuncies al complemento económico que la ley otorga para sufragar los cuidados y la atención que necesitas de forma permanente.
En Juriscentrum analizamos la viabilidad de tu caso sin compromiso en Alcalá de Henares, coordinamos los informes periciales médicos de autonomía y defendemos tus derechos ante el INSS y los Juzgados de lo Social.
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EXCELENTE A base de 250 reseñas Publicado en Google Eduardo MejiasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Solo puedo dar las gracias a Elena por su profesionalidad y cercanía. Ha estado muy pendiente tanto de mi caso como de mí en todo momento, resolviendo mis dudas con rapidez y haciéndome sentir acompañado durante todo el proceso. Sin duda, la recomiendo.Publicado en Google Gladys DenieTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gran profesionalidad en derecho de familia y herenciasPublicado en Google Mery RoblesTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buena atención, Profesionalidad, experiencia de la abogada Elena muy satisfecha y agradecida.Publicado en Google cóncha ródenasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Humanidad, cercanía y confianzaPublicado en Google Estefania CristoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quería agradecer a Elena Gutiérrez , todo el tiempo que ha llevado mi caso !! Donde no puedo estar más contenta con la finalidad que ha tenido , eres una gran abogada y ya una más en mi vida !! Eres todo corazón Elena !! Mil gracias 😘😘😘😘Publicado en Google Ana Isabel Valdivia MurilloTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gran profesional, mejor persona. Gracias Elena por tu ayuda en todo el proceso de divorcio, por transmitir calma y templanza en esos momentos tan duros, por ser tan cercana, por conseguir llegar a buen puerto y sobre todo por aclarar cada duda y estar tan presente. Un abrazo!!Publicado en Google EstrellaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contenta con el servicio prestado. Muy buenos abogados de familia en Alcalá de Henares. No tengo duda que, de necesitar los servicios de un abogado, volvería a contactar con ellos.Publicado en Google Beatriz VeguillasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Recomiendo plenamente a Elena para tratar vuestro caso. No solo se encarga del proceso judicial con gran profesionalidad, sino que además ofrece un asesoramiento constante y un apoyo personal que aporta mucha tranquilidad. No dudéis en contratar sus servicios; enseguida os daréis cuenta de los valores humanos y profesionales que la caracterizan.Publicado en Google Jesus ChavarriaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gran profesional y un trato muy humano muy recomendable 👏👏👏Publicado en Google Jeannery MendozaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quiero agradecer profundamente el trabajo y la dedicación de Elena. Desde el primer momento me sentí acompañada, escuchada y tranquila en un proceso tan importante y delicado como la custodia y todos los trámites relacionados con mi hijo. Su profesionalidad, cercanía y implicación han sido impecables. Siempre resolvió mis dudas con claridad, me mantuvo informada de cada paso y luchó por lo mejor para mi hijo y para mí. En momentos de mucho estrés y nervios, tener a alguien tan humana y comprometida marcó una gran diferencia. Gracias a su trabajo, todo el proceso fue mucho más llevadero y el resultado no podría haber sido mejor. La recomiendo al 100% a cualquier persona que necesite una abogada de familia de confianza, porque además de ser una gran profesional, demuestra una calidad humana increíble. ⭐⭐⭐⭐⭐ 5/5 sin ninguna duda.Verificado por: TrustindexLa insignia verificada de Trustindex es el símbolo universal de confianza. Solo las mejores empresas pueden obtener la insignia verificada si tienen una puntuación de revisión superior a 4.5, basada en las reseñas de clientes de los últimos 12 meses. Leer más
El complemento para remunerar al cuidador se calcula sumando el 45 % de la base mínima de cotización vigente en el momento del hecho causante y el 30 % de la última base de cotización del trabajador. La suma de ambos importes determina el complemento mensual, que en ningún caso podrá ser inferior al 45 % de la base mínima.
No. El beneficiario o su tutor legal tienen plena libertad para destinar ese importe a contratar a un profesional, ingresaren una residencia adaptada o compensar económicamente a los familiares que asumen las labores cotidianas de cuidado y atención.
Sí. Si tu estado de salud o tus secuelas han empeorado hasta el punto de requerir la ayuda de otra persona para las tareas básicas del día a día, se puede solicitar una revisión por agravamiento ante el INSS para solicitar la elevación del grado de Absoluta a Gran Validez.
No. Tanto la pensión base del 100 % como el complemento de tercera persona por Gran Validez están completamente exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que el importe ingresado en cuenta es neto e íntegro.