La separación implica el cese de la convivencia de la pareja y tiene efectos personales y patrimoniales. Para que sea legal, requiere una sentencia judicial, a diferencia de la separación de hecho, que solo implica la interrupción de la convivencia sin efectos legales ante terceros. Sin embargo, la separación no disuelve el vínculo matrimonial, por lo que los cónyuges no pueden volver a casarse sin un divorcio.
El divorcio, en cambio, rompe definitivamente el vínculo matrimonial, permitiendo a los excónyuges casarse de nuevo. Además, supone la disolución del régimen económico matrimonial, estableciendo nuevos términos para la gestión del patrimonio de cada uno.
Tanto en la separación como en el divorcio, se regulan aspectos como la custodia de los hijos, la patria potestad, el uso de la vivienda familiar y las pensiones alimenticias, además de la imposibilidad de heredar sin testamento.
Contar con el asesoramiento de un abogado especializado es clave para elegir la opción más adecuada según cada situación.