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Servicios jurídicos para incapacidades permanente

Abogado Especialista en Minusvalías y Discapacidad

El reconocimiento oficial del grado de discapacidad (históricamente denominado minusvalía) por parte de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid es un trámite administrativo fundamental para adaptar la vida social, fiscal y laboral de las personas con dolencias físicas, psíquicas o sensoriales. Obtener la calificación del 33 %, 65 % o superior abre la puerta a importantes beneficios fiscales, reservas de empleo, jubilaciones anticipadas, ayudas a la movilidad y prestaciones económicas.
Sin embargo, el proceso de valoración del Centro Base de Valoración y Orientación de la Comunidad de Madrid suele otorgar porcentajes sensiblemente inferiores al impacto real de las patologías. En Juriscentrum ponemos a tu disposición a nuestro equipo de Especialistas en Seguridad Social y derecho administrativo en Alcalá de Henares para gestionar la solicitud inicial, preparar la prueba pericial adecuada y recurrir valoraciones o resoluciones injustas ante la administración o la vía judicial.

¿Qué es el reconocimiento de minusvalía o discapacidad y qué tramos existen?

El grado de discapacidad es un porcentaje administrativo que evalúa de forma global las limitaciones funcionales permanentes de una persona, combinando la gravedad de sus patologías médicas con sus factores sociales complementarios (edad, entorno familiar, situación laboral o educativa).

En la Comunidad de Madrid, los Equipos de Valoración y Orientación (EVO) de los Centros Base dictaminan el grado de discapacidad de acuerdo con el baremo estatal. Alcanzar determinados umbrales otorga derechos e incentivos clave:

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La importancia de contar con un Especialista en Seguridad Social para tramitar tu discapacidad

A menudo las valoraciones emitidas por los Centros Base del Centro de Atención a la Discapacidad de la Comunidad de Madrid aplican los baremos de forma excesivamente restrictiva, dejando a personas con limitaciones notables por debajo de umbrales clave como el 33 % o el 65 %. La intervención de un Especialista en Seguridad Social es imprescindible por las siguientes razones:

Preparación rigurosa del expediente médico: Recopilamos e interconectamos todos los informes clínicos, pruebas funcionales y secuelas psicológicas para que el equipo médico valorador evalúe la acumulación de dolencias y no cada patología por separado.

Acreditación del Factor Social: Argumentamos los condicionantes sociales, laborales y familiares del solicitante para sumar puntos determinantes en la valoración final del expediente.

Reclamación Previa en vía administrativa: Si la resolución de la Comunidad de Madrid concede un porcentaje inferior al real, interponemos la Reclamación Previa ante la Consejería de Políticas Sociales en el plazo legal de 30 días hábiles.

Defensa en el Juzgado de lo Social: Si la vía administrativa mantiene la denegación o minusvaloración, presentamos la demanda ante la Jurisdicción Social, defendiendo mediante informe pericial un grado superior de discapacidad con carácter retroactivo.

Abogados especialistas en reconocimiento de minusvalías y discapacidad en Alcalá de Henares

Una valoración injusta por parte del Centro Base puede privarte de importantes bonificaciones fiscales, pensiones no contributivas, ayudas a la vivienda o adaptar tu puesto laboral. No te resignes a una resolución que no refleja tus limitaciones reales.

En Juriscentrum ponemos a tu servicio a un Especialista en Seguridad Social en Alcalá de Henares para revisar las actas del tribunal, preparar la prueba pericial pertinente e impugnar la resolución ante la Administración y los Juzgados de lo Social.

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Dudas sobre reconocimiento de minusvalías y discapacidad e

Preguntas frecuentes sobre minusvalías y discapacidad

Anteriormente existía una equivalencia automática. Sin embargo, tras varias sentencias del Tribunal Supremo, la equiparación automática entre la Incapacidad Permanente del INSS y el 33 % de discapacidad concedido por la Comunidad Autónoma se ha limitado exclusivamente al ámbito laboral y a determinados beneficios tributarios. Para disfrutar de la totalidad de derechos, becas, tarjetas de aparcamiento o deducciones de la Comunidad de Madrid, es imprescindible solicitar el certificado de discapacidad formal en el Centro Base.
Si la resolución otorga un porcentaje inferior al 33 % (por ejemplo, un 24 % o un 28 %), dispones de un plazo de 30 días hábiles a contar desde la notificación para presentar una Reclamación Previa por escrito ante la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales. Tu Especialista en Seguridad Social adjuntará nuevos informes médicos o un dictamen pericial privado para demostrar que la puntuación fue insuficiente.
El plazo medio legal de resolución suele rondar los 6 u 8 meses, aunque en la práctica, debido a la acumulación de expedientes en los Centros Base, las citas de citación presencial y la emisión de resoluciones pueden demorarse entre 8 y 14 meses. Si se recurre, los atrasos o diferencias de prestaciones se reconocen con efectos retroactivos desde la fecha de solicitud inicial.
Sí. El grado de discapacidad se puede revisar por empeoramiento de la salud (agravamiento), siempre que haya transcurrido al menos un año desde la resolución anterior (salvo que se acredite un error de diagnóstico o un empeoramiento sobrevenido grave). También la propia Administración puede fijar revisiones de oficio si las dolencias son calificadas como revisables o provisionales.
Es una evaluación complementaria dentro del expediente de discapacidad que mide las dificultades objetivas para utilizar el transporte público o desplazarse. Si se superan los puntos fijados en el baremo (o se padece ceguera o ceguera parcial severa), la Comunidad de Madrid otorga el reconocimiento de Movilidad Reducida, lo que permite solicitar en el Ayuntamiento la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (PMR) y reservas de plaza en la vía pública.