Cada vez son más las personas que optan por hacerse pareja de hecho, pero… ¿En qué consiste esta unión? ¿En qué se diferencia de un matrimonio? ¿Con qué derechos cuenta? ¿Cuáles son los requisitos y pasos de registro? ¿Y sus ventajas?
¡Nuestros abogados especialistas en parejas de hecho desvelarán todo esto y más en este post!
¿Qué es una pareja de hecho?
Una pareja de hecho es una pareja que convive sin estar casada. No obstante, aunque no haya contraído matrimonio, se le reconoce ciertos efectos jurídicos (que veremos más adelante).
Ley reguladora
La unión de hecho en España se basa en la Ley 2/2003 de las parejas de hecho. Sin embargo, el BOE sólo las define. Su regulación se hace a nivel autonómico. 14 comunidades han aprobado una ley sobre parejas de hecho. Por lo que sus obligaciones y derechos pueden variar según donde vivas.
Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio
Si estás pensando en hacerte pareja de hecho, es mejor que acudas a uno especializado en esta clase de uniones que a un abogado matrimonialista. Esto es porque la pareja de hecho y el matrimonio no son iguales.
Hijos
No existe ninguna diferencia legal entre ser hijo de una unión de hecho o de un matrimonio. La patria potestad, la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, el régimen de visitas, etc. son iguales ya se separe una pareja de hecho o casada.
Sólo cambian los procedimientos:
- Matrimonio: la ruptura se gestiona mediante un procedimiento de separación o divorcio.
- Pareja de pareja de hecho: proceso verbal, que puede ser de mutuo acuerdo.
No hay tampoco diferencias a la hora de adoptar a un hijo. Al menos en teoría, ya que, en realidad, es más difícil hacerlo para las parejas de hecho.
Pensión de viudedad
Con el matrimonio, el cónyuge superviviente tendrá derecho a la pensión de viudedad. Sin importar cuánto tiempo haya durado la unión o cuáles sean los ingresos de la persona con vida.
En cambio, con la pareja de hecho, hay que acreditar 5 años de convivencia y 2 de registro de pareja de hecho, a través de empadronamiento.
Asimismo, los ingresos de la persona viva no pueden superar el límite que establezca la Seguridad Social de cada CC.AA..
Derecho a pensión compensatoria
En Aragón, las Islas Baleares, Cantabria, Cataluña, Navarra y Euskadi, se acepta una pensión compensatoria para el miembro más favorecido en una disolución de pareja de hecho.
Pero, en las demás CC.AA. no existe este derecho para estas clases de uniones (al menos, por regla general).
Régimen económico
Por defecto, a la unión de hecho no se le aplica ni el régimen económico de gananciales ni de separación de bienes. No obstante, sí que puede elaborar un documento público donde se recoja la forma en la que se van a regir sus relaciones económicas.
Efectos fiscales
Las parejas de hecho no pueden hacer la declaración de la renta de forma conjunta, al contrario que los matrimonios, que sí tienen esa posibilidad.
Defunción sin testamento
En las comunidades autónomas que acabamos de mencionar, se reconocen derechos sucesorios para las parejas de hecho. Pero, en el resto, se aplica el Código Civil (aunque, de nuevo, existen excepciones).
Si no existe ningún tipo de testamento que incluya a la pareja de hecho, ésta no tendrá derechos hereditarios. En cambio, los cónyuges pueden acceder a la legítima hereditaria.
Entonces, ¿es mejor constituir un matrimonio en lugar de una unión de hecho?
Depende. Eres tú (junto a tu pareja) quien debe determinar qué te conviene más, analizando las diferencias que hemos visto.
Derechos de la pareja de hecho
En resumen, los principales derechos de la pareja de hecho son: la pensión de viudedad (si corresponde), pactar el régimen económico, bonificaciones en cuanto al impuesto de sucesiones y donaciones, adopción de un hijo, etc.
Ventajas de hacerse pareja de hecho
Asimismo, éstas son las mayores ventajas de registrarse como pareja de hecho:
- Proceso de solicitud mucho más rápido y fácil que el de un matrimonio.
- Requisitos asequibles (lo verás a continuación).
- Obtener la residencia en España y nacionalidad española, en caso de que un miembro de la pareja sea extranjero.
Entre otros muchos beneficios.
Requisitos para ser pareja de hecho
Los requisitos para hacerse pareja de hecho son, por norma general, los siguientes:
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Convivir en pareja de manera pública y notoria durante un año (sin interrupción).
- Uno de los miembros de la pareja (como mínimo) ha de estar empadronado donde se vayan a inscribir como unión de hecho.
- No ser familiares (hasta tercer grado).
- No formar unión de hecho con un tercero (tampoco estar casados).
- No sufrir una anomalía psíquica que impida prestar consentimiento a la unión.
¿Cuáles son los documentos que debo aportar?
Según indica la OCU, la documentación a aportar en cada registro es distinta, pero suele ser:
- DNI.
- Libros de familia.
- Formulario.
- Documento que demuestre la convivencia.
Si alguno ha estado casado con anterioridad, hay que presentar la sentencia firme de divorcio.
¿Cómo hacerse pareja de hecho?
Hay dos formas de constituir una pareja de hecho: escritura notarial o inscripción en el registro de parejas de hecho. Para el segundo método, hay que acreditar el periodo de convivencia mínimo que exija cada Comunidad Autónoma.
¿Cuánto se tarda en hacerse pareja de hecho?
La constitución ante notario se efectúa de modo inmediato.
¿Y cuánto tiempo tarda la resolución?
Entre 2 y 3 semanas.
Disolución de la pareja de hecho
Por supuesto, la disolución de una pareja de hecho no sigue el procedimiento de un divorcio. Ésta puede realizarse de mutuo acuerdo o no. También sucede por el fallecimiento de uno de los miembros, por una separación de hecho de más medio año o por el casamiento de uno de los miembros.
Conclusión
Ahora ya conoces los pasos, los requisitos, los derechos y las ventajas de hacerse pareja de hecho en nuestro país.