La reclamación de daños y perjuicios por un accidente de tráfico se debe solicitar a la aseguradora del vehículo responsable. Esta tendrá que indemnizar los daños personales y materiales sufridos hasta su total reintegración.
En el caso de que la víctima sea en parte causante del accidente, la indemnización se reducirá en función del porcentaje de culpa.
Reclamación de daños materiales
En un accidente de tráfico la persona afectada tiene derecho a pedir una compensación por los daños materiales sufridos. Esto abarca los desperfectos o el siniestro total del vehículo y los de otros bienes como ropa, casco o móvil.
Es decir, todos los bienes materiales deben volver al estado anterior al accidente. Es lo que se conoce como restitutio in integrum.
Vehículo
Si tu vehículo ha quedado dañado por un accidente y tú no has sido el responsable, la aseguradora del otro vehículo debe pagar los daños.
No obstante, pueden existir otras opciones según el tipo de seguro de tu vehículo:
- Seguro a todo riesgo: si tienes un seguro a todo riesgo, existe la posibilidad de que sea tu propia aseguradora la que cubra los daños. Esto es muy útil cuando, por ejemplo, el otro vehículo no dispone del seguro obligatorio.
- Seguro a terceros: si solo dispones del seguro obligatorio, también llamado seguro a terceros, tu compañía no se hará cargo de la reclamación por daños y perjuicios en el accidente de tráfico. Corresponderá a la aseguradora de la persona responsable del siniestro.
Si ambas partes llegáis a un acuerdo mediante la llamada vía amistosa, se llevará a cabo la peritación y la correspondiente reparación.
En el caso de que el accidente solo haya provocado desperfectos, el proceso será sencillo. Pero si la reparación se considera antieconómica, se puede demorar.
Una reparación es antieconómica cuando la restauración del vehículo es más costosa que el valor del propio vehículo en el mercado. En ese caso, la aseguradora lo declara como “siniestro total” y la indemnización es igual al valor venal del vehículo. Esto es, al valor del vehículo en el momento del accidente.
También puede que no exista compromiso de pago por parte de la compañía responsable, o bien, que no se haya pronunciado aún. En esa situación, tienes las siguientes opciones:
- Obtener un presupuesto de la reparación o peritaje: con este documento podrás reclamar el importe a la aseguradora con el fin de que lo reintegren. Si lo deniegan o siguen sin pronunciarse, puedes acudir a la vía judicial y presentar el presupuesto.
- Adelantar el importe de la factura: con el objetivo de luego poder reclamarlo a la compañía aseguradora. Podrás hacerlo por vía amistosa, y si no, por vía judicial.
Otros bienes materiales
La reclamación de daños y perjuicios en un accidente de tráfico por daños materiales como móvil, casco o ropa se puede reclamar siempre y cuando:
- Quede acreditado que los daños han sido consecuencia del accidente.
- Se pueda justificar el importe de la reparación o reintegración total mediante facturas o tickets de compra.
Al igual que en el caso anterior, se reclamará a la aseguradora del responsable y se solicitará un peritaje.
Reclamación de daños personales
Son daños personales las alteraciones de salud físicas y mentales que sufre la víctima como consecuencia del accidente. También, cualquier cambio en su actividad cotidiana personal y profesional que se derive de este.
La víctima tendrá una indemnización por las lesiones o secuelas que haya podido manifestar, y por el coste de medicinas, operaciones o cualquier gasto destinado a recuperar su salud. También se incluye como reparación del daño personal, el lucro cesante.
El lucro cesante es la cantidad que percibía la víctima por su actividad profesional y que se ha visto detenida a raíz del accidente de tráfico. Esta indemnización puede ser mensual o extenderse a lo largo de la vida de la víctima.
La indemnización por daños personales la cubre el seguro del vehículo responsable. En el Boletín Oficial del Estado (BOE) se establecen los pagos destinados a restablecer la salud de la víctima en base a la gravedad de los daños.
- Perjuicio personal básico: lesiones leves y temporales que no afectan a la autonomía de la víctima. 31 – 33€/día.
- Perjuicio personal moderado: lesiones temporales de mayor gravedad que impiden algunas tareas pero no las más básicas ni relacionadas con la actividad económica. 55 – 57€/día.
- Perjuicio personal grave: pérdida total de la autonomía e ingreso hospitalario. 81 – 83€/día.
- Perjuicio personal muy grave: pérdida total de la autonomía e ingreso en la UCI. 108 – 110€/día.
Vías para hacer la reclamación por daños y perjuicios por accidente de tráfico
La reclamación por daños y perjuicios en un accidente de tráfico se puede realizar por la vía amistosa. En caso de no obtener una respuesta o reparación satisfactoria se debe acudir a la vía judicial.
Para acceder a la vía judicial hay dos posibilidades:
- Vía penal: solo puedes acudir a esta vía si en el accidente ha existido un delito, como por ejemplo, alcoholemia. El plazo para reclamar son 6 meses a partir de la fecha del accidente.
- Vía civil: se puede reclamar a esta vía para cualquier accidente que haya causado daños materiales o personales. El plazo para reclamar es de un año a partir de la estabilización de las lesiones. Es decir, desde el momento en el que se conocen todas las secuelas y la gravedad de las mismas.
Conclusión
La reclamación de daños y perjuicios por un accidente de tráfico se divide en materiales y personales. Ambos deben ser resarcidos de forma íntegra por la compañía aseguradora del responsable. En caso de no conseguir una indemnización por la vía amistosa, se debe recurrir a la vía judicial.