Incapacidad Laboral: asesoramiento y grados
mayo 13th, 2022La incapacidad laboral se trata de la situación que sucede cuando un trabajador es incapaz de re...
El abogado que inicie su proceso de incapacidad permanente, deberá encontrarse cualificado para llevar éste tipo de procedimientos tan específicos así como conocer a la perfección la legislación de la Seguridad Social.
Se iniciará el procedimiento con una solicitud de incapacidad permanente ante el INSS.
El INSS, citará al trabajador para que con posterioridad sea reconocido por el Equipo de Valoración de Incapacidades y así se emita una resolución que puede ser estimatoria o desestimatoria.
En el caso de que la resolución sea desestimatoria, en el plazo de 30 días contados desde la notificación de la resolución, habrá que interponer una reclamación previa ante el INSS. La administración, deberá contestar en un plazo máximo de 45 días, en caso de que no se pronuncie, se entenderá por desestimada la reclamación previa por silencio administrativo.
La resolución de la reclamación previa puede ser estimatoria o desestimatoria, en el caso que dicha reclamación sea desestimada, tendremos un plazo de 30 días hábiles contados desde la fecha de la notificación para interponer una demanda en el juzgado de lo Social. Con la demanda, se deberá acompañar la documentación que acredite que se agotó la vía administrativa.
Por lo general, existen dos vías en dicho procedimiento.
Por un lado, la vía administrativa y por otro la vía judicial la cual se inicia con la correspondiente demanda, en caso de desestimación de la Reclamación previa.
No se puede entrar directamente en la vía judicial sin antes haber agotado la vía administrativa.
En la vía judicial, no es preceptiva la asistencia de abogado y procurador (aunque sí necesaria puesto que asistiendo con un abogado especializado en dichos procedimientos, la posibilidad de tener éxito aumenta considerablemente). Aunque el trabajador, podrá optar en defenderse a el mismo en el juicio y/o en su defecto, tendrá derecho a nombrar a un abogado de confianza experto en el tema o incluso acudir con un abogado sindical.
Por el contrario, si que sería obligatorio la asistencia de un abogado en segunda instancia interponiendo el correspondiente recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia o Audiencia Nacional.
Siempre que necesites un abogado especializado en incapacidad laboral. Solo debes tener en cuenta que en derecho laboral existen plazos de caducidad y prescripción muy breves. ¡No se retrase demasiado!
Preferimos el trato directo y personal del teléfono:
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O si lo deseas envíanos un correo electrónico a contacto@juriscentrum.com
En la misma página web del Instituto Nacional de la Seguridad Social en el apartado de pensiones y otras prestaciones.
En el juzgado de lo social de la localidad en donde se encuentre residiendo.
No, para que su médico de cabecera le emita una nueva baja por la misma patología, usted tendrá que estar incorporado en su puesto de trabajo como mínimo seis meses.
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