Cómo solicitar la incapacidad laboral para funcionarios: guía legal paso a paso

Elena
Elena
mayo 19, 2025

Cuando un funcionario se ve impedido para desempeñar sus funciones por motivos de salud, tiene derecho a solicitar una incapacidad laboral. Sin embargo, el procedimiento varía según el régimen al que pertenezca (Clases Pasivas o Régimen General) y requiere cumplir ciertos requisitos legales y médicos. En este artículo, te explicamos cómo solicitar la incapacidad laboral si eres funcionario, y por qué es recomendable contar con asesoramiento especializado.

¿Quién puede solicitar la incapacidad laboral siendo funcionario?

Pueden iniciar este procedimiento:

  • Funcionarios de carrera o interinos de cualquier Administración Pública.
  • Funcionarios adscritos a MUFACE, ISFAS o MUGEJU (Clases Pasivas).
  • Funcionarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social (especialmente los que accedieron después de 2011).

En todos los casos, se requiere una patología física o psicológica que impida el ejercicio habitual de las funciones del puesto de trabajo.

Tipos de incapacidad a solicitar

Antes de iniciar la solicitud, es importante distinguir entre:

Incapacidad Temporal (IT)

Situación transitoria en la que el funcionario no puede trabajar por enfermedad o accidente. El proceso suele comenzar con una baja médica gestionada por el servicio médico correspondiente (MUFACE o el INSS).

Incapacidad Permanente

Cuando la situación médica no mejora, se puede solicitar una incapacidad permanente o jubilación por incapacidad. Existen varios grados:

  • Incapacidad permanente total.
  • Incapacidad permanente absoluta.
  • Gran invalidez.
  • Jubilación por incapacidad (en régimen de Clases Pasivas).

Pasos para solicitar la incapacidad laboral como funcionario

Paso 1: Obtener los informes médicos

Lo primero es reunir toda la documentación clínica que acredite la enfermedad o dolencia incapacitante. Es recomendable incluir:

  • Informes de especialistas.
  • Pruebas diagnósticas.
  • Evaluaciones psicológicas, si procede.
  • Historial de bajas médicas anteriores.

Paso 2: Determinar el régimen aplicable

  • Si estás en Clases Pasivas, el órgano competente es el Ministerio de Hacienda y Función Pública, junto con la mutualidad correspondiente (Ejemplo: MUFACE).
  • Si estás en el Régimen General, se tramita a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Este paso es clave para saber a qué organismo dirigirte y qué procedimiento seguir.

Paso 3: Presentar la solicitud formal

La solicitud puede presentarla el propio funcionario, la Administración (de oficio) o un representante legal. Se debe acompañar de:

  • Informe médico detallado.
  • Datos personales y administrativos del funcionario.
  • Historial de bajas y tratamientos.
  • Escrito de solicitud dirigido al órgano competente.

Paso 4: Evaluación médica

En función del régimen, el caso pasará por:

  • Un Tribunal Médico en Clases Pasivas (informe preceptivo de la inspección médica y del órgano de personal).
  • Un Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) en el Régimen General, que emite dictamen al INSS.

Paso 5: Resolución

Tras la evaluación, se dictará resolución administrativa. Esta puede:

  • Conceder la incapacidad solicitada (con la correspondiente pensión o jubilación).
  • Proponer adaptación del puesto.
  • Denegar la solicitud (en cuyo caso puede interponerse recurso administrativo y, si es necesario, demanda judicial).

¿Qué pensión corresponde tras obtener la incapacidad?

Una vez reconocida la incapacidad permanente, el funcionario tiene derecho a una pensión cuya cuantía depende de varios factores clave:

Régimen al que pertenece

En el Régimen de Clases Pasivas (aplicable a la mayoría de funcionarios de carrera que accedieron antes de 2011), la pensión se calcula en función del haber regulador asignado a su grupo profesional y del porcentaje correspondiente a los años de servicio efectivos al Estado.

En el Régimen General, como el del resto de trabajadores, se tiene en cuenta la base reguladora y el grado de incapacidad reconocido (total, absoluta o gran invalidez).

Años de servicio

A mayor número de años de servicio, mayor será el porcentaje aplicado sobre el haber regulador. Existe un porcentaje mínimo para quienes tengan al menos 15 años cotizados, y se alcanza el 100% con 35 años o más de servicios efectivos.

En casos donde el funcionario tiene menos de 20 años trabajados, y su incapacidad no lo inhabilita para toda profesión u oficio, puede aplicarse una reducción progresiva de la pensión, como medida proporcional a los años faltantes.

Complemento por gran invalidez

Si se reconoce una situación de gran invalidez, se añade un complemento específico para cubrir las necesidades de asistencia personal del beneficiario.

¿Por qué conviene contar con un abogado?

Muchos procedimientos son denegados en primera instancia o valorados por debajo del grado real de incapacidad. Un abogado experto en incapacidades para funcionarios puede ayudarte a:

  • Preparar la solicitud con garantías legales.
  • Aportar los informes médicos adecuados.
  • Defender tu caso ante el Tribunal Médico o el INSS.
  • Recurrir resoluciones desfavorables y obtener la pensión que te corresponde.

Conclusión

Solicitar una incapacidad laboral siendo funcionario es un procedimiento delicado, con requisitos médicos, administrativos y legales específicos. Desde Juriscentrum nuestro despacho de abogados especializados en incapacidades laborales para funcionarios, te acompañamos en cada etapa para asegurar que tus derechos sean reconocidos y protegidos.

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