Guía Completa sobre los Tipos de Incapacidad Laboral en España

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julio 18, 2025

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En nuestro despacho jurídico, a diario asesoramos a personas que han visto su vida laboral interrumpida o profundamente modificada por una enfermedad o lesión. En muchos casos, nos enfrentamos a una gran falta de información sobre los tipos de incapacidad laboral reconocidos por la Seguridad Social, los derechos que estos otorgan y cómo iniciar un procedimiento. Por eso, hemos preparado esta guía detallada que te ayudará a comprender todo el panorama de incapacidades laborales, desde la incapacidad temporal hasta los diferentes grados de incapacidad permanente. 

Ya sea que estés comenzando un proceso de baja, esperando una revisión médica o buscando una pensión, este artículo te lo explicará todo, paso a paso.

¿Qué es la incapacidad laboral? 

La incapacidad laboral es una situación legalmente reconocida en la que un trabajador no puede ejercer su profesión, ya sea de manera temporal o permanente, debido a una enfermedad o lesión. Este impedimento puede ser total o parcial, y dependiendo de la gravedad y el tipo, da lugar a distintos derechos económicos y laborales. 
 

  • Incapacidad temporal: Comúnmente conocida como baja médica, permite a los trabajadores cesar en su actividad sin perder su cotización ni su vínculo laboral. A través de la incapacidad temporal, los trabajadores incluidos en el sistema de la Seguridad Social pueden dejar de prestar sus servicios durante un periodo determinado de tiempo sin dejar de cotizar. Se suspende, por tanto, la relación laboral temporalmente, siendo la causa habitual una patología o lesión que invalida a la persona para ejercer su profesión. Pese a que se reducen los ingresos, el trabajador percibe una prestación si cumple con los requisitos para ello. La incapacidad temporal puede durar hasta 18 meses, aunque en casos excepcionales puede ampliarse a 24 meses, si el INSS lo aprueba tras un expediente de incapacidad permanente. 
  • Incapacidad permanente: A diferencia de la baja médica, esta es una prestación que puede durar toda la vida, salvo en el caso de la incapacidad permanente parcial. Se otorga a personas con secuelas graves y permanentes que impiden ejercer una profesión. Sin embargo, su concesión no implica necesariamente la inactividad laboral: es compatible con ciertos trabajos adaptados a las limitaciones del beneficiario. 

Tipos de incapacidad temporal según contingencia 

Aunque no existen formalmente “tipos” de incapacidad temporal, en la práctica se clasifican según el origen de la patología (contingencia): 

  • Accidente de trabajo: 75% de la base reguladora desde el primer día. 
  • Enfermedad profesional: también 75% desde el inicio. 
  • Accidente no laboral: 60% desde el día 4 hasta el 20, y 75% a partir del 21. 
  • Enfermedad común: mismos porcentajes que el accidente no laboral. 

Estos porcentajes pueden incrementarse mediante complementos pactados en convenios colectivos, por lo que es clave revisar cada caso con lupa jurídica. 

Grados de incapacidad permanente reconocidos por la Seguridad Social 

Entramos en el terreno donde más interviene nuestro trabajo como despacho jurídico. La incapacidad permanente puede adoptar cuatro grados oficiales, cada uno con consecuencias jurídicas y económicas distintas. 

  • Incapacidad Permanente Parcial 

Este es el grado más bajo. No implica pensión mensual, sino una indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora. Se concede cuando la persona presenta una reducción del rendimiento laboral del 33%

Este tipo de incapacidad no extingue el contrato. Como abogado te confirmo que el trabajador puede continuar en la empresa o buscar otro empleo. La indemnización se recibe a modo de compensación, porque el empleado debe hacer más esfuerzo que sus compañeros y realizar su jornada con mayor penosidad. 

  • Incapacidad Permanente Total 

Se reconoce cuando la persona no puede ejercer su profesión habitual, pero sí puede trabajar en otros ámbitos. 

Se percibe una pensión del 55% de la base reguladora. En mayores de 55 años en desempleo se incrementa al 75%, lo que se conoce como total cualificada

Desde nuestro despacho, gestionamos constantemente este tipo de pensión. Ayudamos a demostrar, por ejemplo, que una lesión impide seguir trabajando como camionero pero no en un puesto administrativo. 

  • Incapacidad Permanente Absoluta 

Impide trabajar en cualquier profesión u oficio, incluso en funciones adaptadas. 

En estos casos, el trabajador percibe el 100% de su base reguladora. Aun así, puede ejercer actividades protegidas o adaptadas, como talleres ocupacionales o empleos supervisados, siempre que no comprometan la recuperación ni impliquen riesgos para su salud

  • Gran Invalidez 

Es el grado más severo. Se concede a personas que no solo no pueden trabajar, sino que necesitan asistencia de otra persona para tareas básicas como vestirse, asearse o alimentarse. 

Además de la pensión por incapacidad absoluta, reciben un complemento adicional del 45% de la base reguladora. 

Cuantías económicas: cómo se calcula cada tipo 

El importe de las pensiones depende de: 

  • Base reguladora: cálculo que toma en cuenta las bases de cotización. 
  • Contingencia: si fue accidente laboral, enfermedad común, etc. 
  • Edad y situación laboral: ser mayor de 55, estar en desempleo… 

Grado de incapacidad: parcial, total, absoluta o gran invalidez. , tienes derecho a que esa cantidad te sea devuelta actualizada según el momento del reparto.

Requisitos y trámites para solicitar cada tipo 

Para tramitar una incapacidad laboral, estos son los requisitos generales

  1. No haber alcanzado la edad de jubilación
  1. Estar de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada
  1. Haber cotizado un mínimo, solo si es por enfermedad común (no si es accidente). 

Muchos de nuestros clientes llegan confundidos porque cumplen todos los criterios, pero reciben el alta médica prematuramente. En estos casos, recurrimos al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que es quien evalúa y emite el informe definitivo.

Compatibilidad con el trabajo y revisiones de grado 

Uno de los aspectos más delicados: ¿puedo volver a trabajar si tengo una pensión de incapacidad? 

  • Si tienes una incapacidad parcial o total, sí puedes trabajar en actividades compatibles. 
  • Con una absoluta, solo puedes hacerlo en empleos muy adaptados. 
  • La gran invalidez, por su gravedad, casi siempre implica la inactividad total. 

Además, es fundamental saber que las pensiones se revisan. Como abogado, siempre advierto a mis clientes que, aunque se considere «permanente», el INSS puede modificar la pensión si hay mejora, empeoramiento o error de diagnóstico. 

Preguntas frecuentes (FAQ) 

¿Qué pasa si trabajo con una pensión de incapacidad? 
Depende del tipo. En la mayoría de casos se puede, pero siempre con asesoría profesional para evitar sanciones. 

¿Cómo puedo revisar mi grado de incapacidad? 
Presentando una solicitud de revisión ante el INSS, con nuevos informes médicos. 

¿Y si me dan el alta médica y no estoy bien? 
Puedes presentar un recurso administrativo y, si es necesario, recurrir judicialmente con abogado

¿Puede un autónomo recibir incapacidad? 
Sí. Hay régimen especial para autónomos, pero debe estar al corriente de pagos y cumplir ciertos requisitos. tribunales exigen pruebas fehacientes que relacionen tu dinero con el pago del bien común.

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