Otro de los casos comunes a tratar, es el caso en el que contacta con el despacho una clienta que ha sido demandada por una modificación de medidas. En este caso, por ley tenemos un plazo para contestar dicha demanda en 20 días sin contar los sábados y los domingos.
En la demanda notificada a nuestro cliente, se solicitaba una reducción de la pensión de alimentos de sus tres hijos que en la actualidad se correspondía con la cuantía de 200 € por cada hijo en 100 € mensuales por cada hijo.
Con anterioridad a contestar la demanda, nuestro equipo de profesionales tratan de contactar con la otra parte, con el fin de alcanzar un acuerdo amistoso y así evitar contestar a la demanda por el gasto que supone para el cliente. Es por lo que, tras numerosas conversaciones con la otra parte
Así como diversas reuniones, ambas partes consiguen alcanzar un acuerdo amistoso reconduciendo el procedimiento judicial contencioso por un procedimiento de mutuo acuerdo.
Por lo que los abogados de las dos partes, proceder a redactar el tan ansiado acuerdo, en donde finalmente se fija la pensión de los tres menores que con anterioridad se correspondía con la cuantía de 200 €, a 150 € por cada hijo.
Una vez firmado dicho acuerdo por ambas partes, se procede a la presentación del mismo para con posterioridad se ratificado por ambas partes.
tras haber sido ratificado dicho convenio, se procede a dictar la correspondiente sentencia, pero en este caso el convenio tuvo que ser estudiado por parte del ministerio fiscal, debido a que los tres hijos eran menores de edad.
Finalmente, lo que había empezado por un procedimiento contencioso, se recondujo a un procedimiento de modificación de medidas de mutuo acuerdo en donde ambas partes quedaron conformes tras el acuerdo alcanzado.